PALESTINA y la ONU
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PALESTINA Y NACIONES UNIDAS EN LOS AÑOS SETENTA
Este es el tercero de una serie de seis artículos, que
aparecen cronológicamente por décadas, mirando atrás los eventos más
importantes relacionados con la cuestión de Palestina que ocurriera en
las Naciones Unidas desde el comienzo de la Organización en 1945. Esos
eventos han influido muchísimo tanto en el pasado como en el presente
del Pueblo Palestino y afectará su futuro también, como es
responsabilidad permanente de las Naciones Unidas de continuar sus
gestiones al respecto de la cuestión de Palestina hasta que resuelva
todos sus aspectos
La Asamblea General, que tuvo verificativo el 4 de noviembre
de 1970, adopta la Resolución 242 (1967), del Consejo de Seguridad.
El 25 de noviembre de 1970, la Resolución 2645 (XXV) de la
Asamblea General es adoptada, condenando todos los actos de secuestro aéreos
e interferencias con los vuelos regulares.
El 8 de diciembre de 1970, la Asamblea General adopta la
Resolución 2672 A, B, C y D, (XXV), en relación a la Agencia de Auxilio y
Trabajo de Naciones Unidas. Adopta sucesivamente cada año, la resolución,
renueva el mandato de las Agencias de Naciones Unidas, lamentando el
fracaso israelí de implementar la repartición o compensación por los
refugiados palestinos; reconociendo que el pueblo de Palestina tiene los
mismos derechos y autodeterminación: continuando su asistencia a los
refugiados y convocando a Israel para tomar medidas inmediatas para el
regreso de estas personas desplazadas.
Como resultado al reporte del Comité Especial para la
investigación del proceder israelí en relación a los Derechos Humanos
de la población en los Territorios Ocupados, la Asamblea General adopta
la Resolución 2727 (XXV) el 15 de diciembre de 1970.
Resoluciones similares se presentan cada año, solicitando a Israel que
desista de seguir violando los derechos humanos de los habitantes de los
Territorios Ocupados, manifestando una grave preocupación por las
violaciones israelíes a los Acuerdos de la Cuarta Convención de Ginebra
y exhortando a Israel a cumplir con su disposición.
El Consejo de Seguridad, el 25 de septiembre de 1971, adopta
la Resolución 298, lamentando la falta de cumplimiento por parte de
Israel en respetar las resoluciones de Naciones Unidas en relación a las
medidas tomadas para el cambio de status de Jerusalén.
La Resolución 2787 (XXVI) es adoptada por la Asamblea
General el 6 de diciembre de 1971, confirmando la legalidad de la lucha
del pueblo por la autodeterminación y liberación del colonialismo,
dominio y sujeción extranjeras, notorios en Sudáfrica, así como parte
del pueblo palestino, a través de todos los medios disponibles
relacionados con la Carta de Naciones Unidas.
La Resolución 2799 (XXVI), de la Asamblea General,
enfatizando el establecimiento de una paz en el Medio Oriente justa y
duradera, debiendo incluir los principios delineados en la Resolución
242, del consejo de Seguridad adoptada el 13 de diciembre de 1971.
El 8 de diciembre de 1972, la Asamblea General adopta la
Resolución 2949 (XXVII), manifestando una gran preocupación por el hecho
de que Israel siguiera ocupando Territorios Árabes ocupados y el evitar
acciones incluyendo ayuda, que pudiese interpretarse como un
reconocimiento de la ocupación.
El Consejo de Seguridad adopta la Resolución 331, el 21 de
abril de 1973, solicitando al Secretario General el rendir un reporte,
enfatizando el hecho de los esfuerzos efectuados por Naciones Unidas en
relación a la situación en Medio Oriente a partir de junio de 1967.
El 22 de octubre de 1973, siguiendo de cerca, el estallido de
una guerra árabe-israelí, el Consejo de Seguridad adopta la Resolución
338, solicitando el cese al fuego y la implantación de la Resolución
242, en su totalidad.
La Resolución 339, del Consejo de Seguridad, es adoptada
tres días después: confirmando así la Resolución 338, y convocando el
envío de observadores de Naciones Unidas para supervisar el cese al
fuego. En un lapso de dos días la Fuerza de Emergencia de Naciones Unidas
(UNEF) es convocado por el Consejo de Seguridad con base a la Resolución
340.
El 15 de diciembre de 1973, el Consejo de Seguridad toma una
decisión de dar curso a la Conferencia de Paz propuesta sobre el Medio
Oriente.
El 17 de diciembre de 1973, la Asamblea General, Adopta la
Resolución 3175 (XXVIII), enfatizando el derecho del pueblo Árabe a
mantener la soberanía de sus recursos nacionales en los Territorios Árabes
Ocupados. Esa misma Resolución se renueva cada año.
Por primera vez desde 1952, el asunto “Tema de Palestina”
se suma a la segunda Sesión 29, de la Asamblea General, a solicitud de 55
Estados-Miembros, y el 14 de octubre de 1974, la Resolución 3210 (XXIX)
de la Asamblea General es adoptada, invitando así a la Organización para
la Liberación de Palestina (O.L.P.) a participar en la deliberación
sobre la cuestión de Palestina, en las sesiones plenarias.
El 13 de noviembre de 1974, Yasser Arafat, Presidente del
Comité Ejecutivo de la O.L.P. se convierte en el primer representante del
movimiento de liberación, no un Estado-Miembro de la O.N.U., en dirigirse
a Naciones Unidas en una Sesión Plenaria.
La Resolución 3236 (XXIX), es adoptada el 22 de noviembre de
1974, reafirmando así, los derechos inalienables del pueblo Palestino,
incluyendo el derecho a la autodeterminación, así como el derecho a la
independencia, soberanía nacional, y el derecho al retorno a sus hogares
y propiedades. La Resolución también puntualiza al Secretario General el
establecer contactos con la O.L.P., en relación a todos los asuntos
concernientes a la cuestión de Palestina.
En ese mismo día se le otorgó a la O.L.P., el status de
observador, bajo la Resolución 3237 (XXIX) de la Asamblea General, la
cual invitó a la O.L.P. a participar en las Sesiones y trabajos de la
Asamblea General, así como a todas las Conferencias Internacionales
convocadas bajo los auspicios de la Asamblea General, así como otros
organismos de Naciones Unidas.
La Asamblea General del 9 de diciembre de 1974, adopta la
Resolución 3263 (XXIX), convocando a establecer una zona libre de
armamento nuclear en la región de Medio Oriente. Esta misma resolución
se renueva cada año.
La O.L.P. es invitada el 10 de noviembre de 1975, a
participar es los esfuerzos de paz para el Medio Oriente, por medio de la
Resolución 3375 (XXX) de la Asamblea General.
El Comité para el Ejercicio de los Derechos Inalienables del
Pueblo Palestino se establece el 10 de noviembre de 1975, por medio de la
Asamblea General, a través de la Resolución 3376 (XXX). Formado por
veinte Estados Miembros, el Comité cuenta con la misión de un programa
para la implementación de los derechos del Pueblo Palestino. Una Resolución
semejante se establece cada año bajo el tema de la agenda “Cuestión de
Palestina”.
El 10 de noviembre de 1975, la Asamblea General adopta la
Resolución 3379 (XXX), puntualizando que el sionismo es una forma de racismo.
El 5 de diciembre de 1975, la O.L.P. participa por primera
vez en Sesiones Oficiales del Consejo de Seguridad. Ya que la solicitud de
participación no se hizo bajo los Artículos 37 y 39 del reglamento de
procedimientos; el Consejo asumió una decisión por 9 votos, bajo la cual
se le concedía a la O.L.P. los mismos derechos de participación, como si
fuera un Estado-Miembro bajo el artículo 37.
La Asamblea General adopta la Resolución 3411 (XXX) el 10 de
diciembre de 1975, condenando el estrechamiento de relaciones y colaboración
entre los regímenes racistas de Sudáfrica e Israel.
El 9 de junio de 1976, se verifica una junta del Consejo de
Seguridad con el propósito de estudiar el reporte presentado por el Comité
para el Ejercicio de los Derechos inalienables del Pueblo Palestino. El
borrador de la Resolución presentado por Tanzania, bajo el tema de agenda
La Cuestión del Ejercicio del Pueblo Palestino sobre sus Derechos
Inalienables, fue vetado por Estados Unidos el 29 de junio.
La Resolución 31/62, convocando a la conveniencia de la
conferencia de paz sobre Medio Oriente bajo los auspicios de Naciones
Unidas, es adoptada por la Asamblea General el 16 de diciembre de 1976.
La Resolución 31/110 del 16 de diciembre de 1976, es
adoptada por la Asamblea General convocando con la solicitud de un reporte
sobre las condiciones de vida existente del pueblo Palestino en los
Territorios Ocupados. Esta Resolución es renovada cada año.
El Comité para el Ejercicio de los Derechos inalienables del
pueblo Palestino es ampliado por más de tres Estados-Miembros por la
Asamblea General el 22 de diciembre de 1976.
La Asamblea General del 28 de octubre de 1977, adopta la
Resolución 32/5, lamentando las medidas ilegales israelíes recientemente
aplicadas en los Territorios Ocupados diseñados para cambiar el status
legal, naturaleza geográfica y composición demográfica de aquellos
Territorios en oposición a los principios de la Carta de las Naciones
Unidas y a las obligaciones internacionales de Israel bajo el Cuarto
Convenio de Ginebra de 1949.
Censurando a Israel por su colaboración con Sudáfrica en
los sectores políticos, diplomáticos, económicos y nucleares, la
Resolución 32/35 de la Asamblea General, es adoptada el 28 de noviembre
de 1977.
La Resolución 33/71 de la Asamblea General, es adoptada el
14 de diciembre de 1978, solicitando a todos los Estados Miembros el
abstencionismo a una colaboración con Israel, en el sector militar y
nuclear.
El 20 de diciembre de 1978, la Asamblea General, adopta la
Resolución 33/147 solicitando ayuda para asistir al Pueblo Palestino.
La Resolución 34/29 de la Asamblea General del 16 de
noviembre de 1979, convoca a las autoridades israelíes a rescindir la
orden de deportación expedida en contra del Alcalde Nablus.
El 29 de noviembre y 12 de diciembre de 1979, la Asamblea
General adopta la Resolución 34/65 A, B, C y D en el tema sobre la Cuestión
de Palestina, reafirmando así los derechos inalienables del Pueblo
Palestino, declarando que los Acuerdos de Campo David no son válidos en
lo que respecta a determinar el futuro del Pueblo Palestino, y solicitando
la participación de la O.L.P. en las deliberaciones sobre Medio Oriente.
La
Resolución 34/89 de la Asamblea General del 11 de diciembre de 1979,
condena enérgicamente cualquier tentativa por parte de Israel, de
introducir armamento nuclear a Medio Oriente. |