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La ausencia de la IV convención de Ginebra Es sabido que la ocupación militar se rige por unas normas de derecho internacional reconocidas y sancionadas por tos Estados. Dichas normas regulan los procedimientos y medidas aplicables sobre las territorios ocupados, la administración sobre dichos territorios, sus recursos, sus leyes y tribunales, etc. Al respecto destacan la Convención de la Haya de 1907, la IV Convención de Ginebra de 1949, y tos principios y resoluciones de la ONU, aplicables todas sobre los territorios palestinas bajo ocupación israelí. Es necesario observar que la potencia ocupante no tiene soberanía alguna sobre los territorios ocupados, no pueda transformar la situación de pacto de una ocupación militar en una situación jurídica que permita modificar su estatus y disponer de su destino. Los artículos 46 y 47 de la Convención de la Haya prohíbe a la potencia ocupante el saqueo, la expropiación o la confiscación de los bienes o propiedades de los habitantes baja ocupación. Tampoco puede destruir o disponer de bienes muebles o inmuebles de dichos territorios. En el mismo sentido, la IV Convención de Ginebra sobre 1a protección de las personas civiles en tiempos da guerra viene a reforzar y completar la Convención de la Haya. Según la Convención de Ginebra. la potencia ocupante debe proteger a las personas civiles, respetar sus derechos y mantener las instituciones jurídicas y administrativas. Su articulo 49 prohíbe la deportación forzosa de tos habitantes de tos territorios ocupados bajo ningún pretexto, no podrán realizar cambios en los territorios ocupados, etc. Con respecto a las resoluciones internacionales
relativas a los territorios palestinos ocupados son numerosas las de
Naciones Unidas. Tanto su Consejo de Seguridad como su Asamblea General
habían dictado resoluciones exigiendo a Israel retirarse de las zonas
ocupadas, respetar y cumplir tos convenios internacionales y no anexionar
ningún espacio palestino. Israel, como potencia ocupante, no ha cumplido ninguno de tos convenios internacionales o resoluciones relativas al conflicto. Desde 1948 inició su política de confiscación de tierras palestinas, la deportación de sus habitantes, y la anexión de sus ciudades. Israel está violando todos tos convenios y normas del derecho internacional ante !a pasividad de toda la comunidad internacional incluso con el apoyo activo de algunas potencias mundiales. Ante tos agresiones del Ejército israelí, los palestinos solicitan al Consejo de Seguridad una protección internacional, solicitudes habitualmente rechazadas por el 'Veto" de Estadas Unidos. ¡Qué opción dejan a tos palestinos ante la ausencia de la IV Convención y de la legalidad internacional !. |